Cuidado-ninos-y-bebes

Comunicado Suprema Corte de Justicia de Mendoza sobre cuidado personal de niños y niñas

• Se suspende modalidad de cuidado personal compartido y régimen de comunicación

• Régimen de comunicación se mantiene únicamente por medios de comunicación virtuales

Excepciones: Se puede trasladar a los niños por única vez solamente en estos casos:

• Regreso al hogar que funciona como principal centro de vida

• Razones laborales: si el progenitor con el que están debe trabajar

• Razones de salud o fuerza mayor: Si el progenitor con el que están se enferma

Requisitos para el traslado: Llevar escrita en un papel a mano o impreso declaración jurada con datos personales (nombre DNI y Domicilio) del progenitor que realiza el traslado y de los niños que traslada

Descargar DDJJ

¿Quién realiza el traslado?

Previo acuerdo entre ambos progenitores el traslado puede tener dos modalidades:

• El progenitor con el que se van a quedar puede trasladarse a retirarlos del domicilio en el que están

• El progenitor con el que se encuentran puede llevarlos al domicilio en el que se quedarán durante el aislamiento

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